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INCAPACIDAD PERMANENTE

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¿Qué es la incapacidad permanente?

La situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. 

Debemos tener en cuenta que no toda enfermedad puede dar lugar a una incapacidad permanente, dependerá del grado de la lesión o enfermedad, y de su capacidad invalidante.

Grados de incapacidad permanente:

Incapacidad permanente parcial

Cuando el grado de incapacidad no es inferior al 33% pero puede continuar desempeñando su profesión habitual en un grado mínimo.

Incapacidad permanente total

En la incapacidad permanente total trabajador no puede realizar ninguna tarea de su profesión habitual.

Incapacidad permanente absoluta

En la incapacidad permanente absoluta no estará capacitado para el desarrollo de ningún tipo de trabajo.

Gran invalidez

Es el grado máximo de incapacidad laboral que no permite desarrollar ningún trabajo y necesita asistencia de una tercera persona para realizar los actos esenciales de la vida.

Procedimiento para obtener la incapacidad permanente:

01

Estudio del caso

Estudiaremos su situación y de toda la documentación que disponga.

02

Procedimiento ante la Seguridad Social

Fase administrativa ante la Seguridad Social de petición de la pensión y reclamaciones que puedan surgir.

03

Procedimiento judicial

Una vez agotada la vía administrativa y en el caso de que se haya desestimado la petición acudiremos a la vía judicial.

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